El Juez de Paz de Daireaux, Javier Heredia, resolvió como medida cautelar, ante una morosidad continuada de la cuota alimenticia, excluir un hombre del hogar que había sido matrimonial y restituirlo a su exmujer y los tres hijos de 9, 13 y 17 años.
Hasta este fallo, la mujer vivía junto a sus hijos, en condiciones de hacinamiento en la casa de la abuela.
Entre los argumentos del fallo, el magistrado califica el incumplimiento alimentario como una forma de violencia económica, según los términos de la Ley 26.485, ya que busca controlar o asfixiar los recursos de la mujer y sus hijos.
El 1 de diciembre, el deudor, identificado por las iniciales D.O.P., había sido notificado de la fijación de la cuota alimentaria provisoria en $1.033.103 mensuales, para cubrir requerimientos y servicios básicos de sus tres hijos.
A pesar de ser notificado, jamás pagó diciembre. Tampoco realizó los pagos de enero, febrero y marzo.
El 6 de febrero se lo incorporó al Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
Además se estableció que la vivienda había sido adjudicada a ambas partes por parte del gobierno municipal, como un lote baldío para las construcción de la misma.
"Sopesa la vulnerabilidad de los niños involucrados y de la progenitora que, en su calidad de mujer, también vulnerable, se hace cargo unilateralmente del sostén del hogar que ha devenido monomarental", sostuvo el juez.
En consecuencia, Heredia ordenó la exclusión del hogar de D.O.P., del cual solo podrá llevarse sus objetos personales (documentación y vestimenta), mientras que se autoriza a la Policía fotografiar los elementos retirados y, si el hombre persiste en su intención de quedarse, usar la fuerza para retirarlo.
También dispuso hacer entrega de la casa a la madre, lo cual se computará como parte de la cuota alimentaria, sin perjuicio de acciones de fondo.
De todas maneras, se aclaró en el fallo que esta medida es "provisoria", hasta tanto recaiga sentencia en la causa alimentaria.
Fuente: La Nueva Fotos: redes sociales